Casación No. 121-2016   

Sentencia del 21/11/2016

“...es inapropiado denunciar error de hecho y de derecho, con respecto al mismo medio de prueba, pues conforme a su configuración jurídica, ambos submotivos son excluyentes entre sí.
Al examinar los argumentos de la casacionista, se aprecia que insiste en cuestionar la valoración probatoria otorgada por el sentenciante al reconocimiento judicial pedido en su oportunidad dentro del proceso, medio de convicción que también fue impugnado en el submotivo de error de derecho en la apreciación de la prueba, situación que se traduce en defecto de planteamiento, pues no solo invoca argumentos sobre valoración probatoria, cuando se trata de error de hecho, sino que además, se refiere a la misma prueba en ambos submotivos, los cuales poseen una naturaleza distinta, lo que imposibilita al Tribunal de Casación entrar a conocer el fondo del asunto...”